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Senado da luz verde: Funcionarios de CFE, Pemex y SAT podrán portar armas bajo condiciones especiales


Ciudad de México, 30 de abril de 2025 — En una sesión histórica, el Senado de la República aprobó por unanimidad una profunda reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, marcando un giro importante en las facultades de seguridad de organismos clave del Estado.


El Senado aprobó por unanimidad la reforma que amplía la portación de armas a funcionarios estratégicos.
El Senado aprobó por unanimidad la reforma que amplía la portación de armas a funcionarios estratégicos.

Con 105 votos a favor, los legisladores respaldaron una iniciativa enviada originalmente por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, que entre otras modificaciones, autoriza a funcionarios de empresas paraestatales y órganos autónomos como la CFE, Pemex, SAT, Banxico y el Centro Nacional de Inteligencia a portar armas de fuego, siempre y cuando justifiquen su uso y cumplan con los requisitos que dictamine la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).


Más seguridad para áreas estratégicas

La reforma, ahora en manos de la presidenta Claudia Sheinbaum para su promulgación, subraya que el objetivo es reforzar la protección de instalaciones críticas y personal en funciones de seguridad estratégica, una demanda creciente en el contexto nacional.


CFE, Pemex, SAT, Banxico y más organismos ahora podrán solicitar licencia de portación armada.
CFE, Pemex, SAT, Banxico y más organismos ahora podrán solicitar licencia de portación armada.

“En México es prioridad la seguridad de las áreas estratégicas y la seguridad pública”, se lee en el dictamen que respalda la medida. También se contempla que ciertas personas físicas o morales —como empresas de seguridad privada— puedan acceder a licencias, siempre bajo regulación estricta.



Endurecen penas por delitos con armas

La reforma no solo amplía el acceso a la portación legal, sino que también refuerza el marco penal contra el tráfico, uso indebido y modificación ilegal de armamento:

  • De 4 a 8 años de prisión y fuertes multas para quienes porten armas sin autorización.

  • De 7 a 30 años para quienes introduzcan al país armas o aditamentos prohibidos.

  • De 6 a 12 años para el uso indebido de explosivos o sustancias reservadas al Ejército.

  • De 7 a 15 años para funcionarios que hagan mal uso de armamento oficial.




Cambios en cacería, charrería y seguridad privada

El dictamen también abarca otras actividades donde el uso de armas tiene presencia:

  • Charrería: se permitirá portar revólveres de mayor calibre como parte del atuendo, siempre que estén descargados.

  • Cacería y seguridad privada: se ajustan las normativas para estas prácticas.

  • Tecnología 3D y accesorios prohibidos: se prohíbe expresamente la fabricación, posesión o uso de aditamentos que conviertan armas semiautomáticas en automáticas, incluyendo los fabricados con impresoras 3D. También se veta el uso de miras térmicas, nocturnas o holográficas.

Charrería: se permitirá portar revólveres de mayor calibre como parte del atuendo, siempre que estén descargados.
Charrería: se permitirá portar revólveres de mayor calibre como parte del atuendo, siempre que estén descargados.

Lo que sigue

La reforma, que modifica más de 100 artículos de la ley, será enviada al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Una vez vigente, marcará una nueva etapa en el equilibrio entre seguridad institucional y el control de armamento en el país.

 
 
 

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